
4 DE OCTUBRE
DÍA MUNDIAL DE LOS ANIMALES
EL PAPEL DEL NOTARIO PARA VELAR POR EL BIENESTAR DE LAS MASCOTAS CUANDO LOS PROPIETARIOS FALLECEN O SUFREN UNA DISCAPACIDAD INHABILITANTE
• Andalucía tiene registrados más de 2,2 millones de animales de compañía.
• El Colegio Notarial de Andalucía recuerda que incluir a las mascotas en el testamento garantiza su cuidado y evita conflictos familiares.
• Desde el 15 de diciembre de 2021, el ordenamiento jurídico español considera los animales de compañía seres vivos dotados de sensibilidad lo que ha supuesto un cambio decisivo en su protección legal.
• Una simple disposición en el testamento puede evitar que perros, gatos y otros animales acaben abandonados o en situaciones de desamparo.
En Andalucía hay registrados más de 2,2 millones de animales de compañía, entre perros, gatos, hurones y otras especies, según el Registro Central de Animales de Compañía. En el conjunto de España, la cifra asciende a más de 24 millones, con alrededor de 9,3 millones de perros y casi 6 millones de gatos, lo que significa que uno de cada cuatro hogares convive con un perro y uno de cada seis con un gato (datos de FEDIAF/ANFAAC).
Estas cifras reflejan que los animales forman parte de la vida familiar de millones de personas. Sin embargo, surge una pregunta inevitable: ¿qué ocurre con ellos cuando sus propietarios fallecen o atraviesan una situación de discapacidad inhabilitante?
Aquí es donde la función notarial cobra todo su sentido. El notario puede ayudar no solo a respetar la voluntad del propietario, sino también a garantizar el bienestar de los animales, evitando que acaben en una situación de desamparo o en un conflicto entre herederos. A través de disposiciones testamentarias o de medidas de apoyo expresadas en documento público, el notario asegura que cada mascota tenga un futuro cuidado, con la persona y en las condiciones que su dueño haya elegido.
Un cambio legal decisivo
Hasta la entrada en vigor de la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, los animales eran considerados bienes muebles en el ordenamiento jurídico. Hoy, sin embargo, la normativa los reconoce como seres vivos dotados de sensibilidad, lo que ha supuesto un cambio trascendental en su régimen de protección.
En materia sucesoria, el artículo 914 bis del Código civil regula por primera vez qué ocurre con los animales de compañía en ausencia de previsión testamentaria. Así, si hay herederos interesados, se les entregarán. Si ninguno quiere hacerse cargo, la administración podrá cederlos a un tercero o centro autorizado. Si hay desacuerdo entre varios herederos, será el juez quien decida, siempre en atención al bienestar del animal. De manera provisional, pueden ser acogidos por protectoras o servicios públicos.
El papel esencial de los notarios
Ante esta nueva realidad, el notario se convierte en una figura clave para garantizar que los deseos del propietario se cumplan y que los animales queden protegidos. La previsión notarial permite:
• Designar en el testamento a la persona que cuidará de la mascota.
• Asignar recursos económicos para alimentación, cuidados y atención veterinaria.
• Nombrar cuidadores de confianza, evitando disputas posteriores.
• Establecer previsiones no solo en caso de fallecimiento, sino también en situaciones de discapacidad inhabilitante del propietario.
Manuel Seda, decano del Colegio Notarial de Andalucía, destaca que hoy en día las mascotas forman parte de las familias andaluzas y merecen toda la protección jurídica. “La función notarial asegura que la voluntad de sus dueños se respete y que los animales nunca queden desprotegidos, ni en caso de fallecimiento ni en situaciones de discapacidad inhabilitante”, señala.
Prevenir el abandono con previsión notarial
En España se abandonan cada año decenas de miles de animales, y en muchos casos la causa es la falta de previsión cuando sus propietarios ya no pueden atenderlos. Una simple disposición testamentaria o preventiva puede marcar la diferencia entre un animal cuidado en un hogar o uno en situación de desamparo.
Conclusión: el compromiso notarial con el bienestar animal
El Colegio Notarial de Andalucía anima a los ciudadanos a reflexionar, con motivo del Día Mundial de los Animales (4 de octubre), sobre la importancia de prever el futuro de sus mascotas. Incluirlas en el testamento, o prever su cuidado en caso de discapacidad inhabilitante, no solo garantiza el bienestar de los animales, sino que aporta tranquilidad a sus dueños, evita conflictos familiares y refuerza la seguridad jurídica.
Para más información:
José Antonio García Andrés
663410014
DÍA MUNDIAL DE LOS ANIMALES
EL PAPEL DEL NOTARIO PARA VELAR POR EL BIENESTAR DE LAS MASCOTAS CUANDO LOS PROPIETARIOS FALLECEN O SUFREN UNA DISCAPACIDAD INHABILITANTE
• Andalucía tiene registrados más de 2,2 millones de animales de compañía.
• El Colegio Notarial de Andalucía recuerda que incluir a las mascotas en el testamento garantiza su cuidado y evita conflictos familiares.
• Desde el 15 de diciembre de 2021, el ordenamiento jurídico español considera los animales de compañía seres vivos dotados de sensibilidad lo que ha supuesto un cambio decisivo en su protección legal.
• Una simple disposición en el testamento puede evitar que perros, gatos y otros animales acaben abandonados o en situaciones de desamparo.
En Andalucía hay registrados más de 2,2 millones de animales de compañía, entre perros, gatos, hurones y otras especies, según el Registro Central de Animales de Compañía. En el conjunto de España, la cifra asciende a más de 24 millones, con alrededor de 9,3 millones de perros y casi 6 millones de gatos, lo que significa que uno de cada cuatro hogares convive con un perro y uno de cada seis con un gato (datos de FEDIAF/ANFAAC).
Estas cifras reflejan que los animales forman parte de la vida familiar de millones de personas. Sin embargo, surge una pregunta inevitable: ¿qué ocurre con ellos cuando sus propietarios fallecen o atraviesan una situación de discapacidad inhabilitante?
Aquí es donde la función notarial cobra todo su sentido. El notario puede ayudar no solo a respetar la voluntad del propietario, sino también a garantizar el bienestar de los animales, evitando que acaben en una situación de desamparo o en un conflicto entre herederos. A través de disposiciones testamentarias o de medidas de apoyo expresadas en documento público, el notario asegura que cada mascota tenga un futuro cuidado, con la persona y en las condiciones que su dueño haya elegido.
Un cambio legal decisivo
Hasta la entrada en vigor de la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, los animales eran considerados bienes muebles en el ordenamiento jurídico. Hoy, sin embargo, la normativa los reconoce como seres vivos dotados de sensibilidad, lo que ha supuesto un cambio trascendental en su régimen de protección.
En materia sucesoria, el artículo 914 bis del Código civil regula por primera vez qué ocurre con los animales de compañía en ausencia de previsión testamentaria. Así, si hay herederos interesados, se les entregarán. Si ninguno quiere hacerse cargo, la administración podrá cederlos a un tercero o centro autorizado. Si hay desacuerdo entre varios herederos, será el juez quien decida, siempre en atención al bienestar del animal. De manera provisional, pueden ser acogidos por protectoras o servicios públicos.
El papel esencial de los notarios
Ante esta nueva realidad, el notario se convierte en una figura clave para garantizar que los deseos del propietario se cumplan y que los animales queden protegidos. La previsión notarial permite:
• Designar en el testamento a la persona que cuidará de la mascota.
• Asignar recursos económicos para alimentación, cuidados y atención veterinaria.
• Nombrar cuidadores de confianza, evitando disputas posteriores.
• Establecer previsiones no solo en caso de fallecimiento, sino también en situaciones de discapacidad inhabilitante del propietario.
Manuel Seda, decano del Colegio Notarial de Andalucía, destaca que hoy en día las mascotas forman parte de las familias andaluzas y merecen toda la protección jurídica. “La función notarial asegura que la voluntad de sus dueños se respete y que los animales nunca queden desprotegidos, ni en caso de fallecimiento ni en situaciones de discapacidad inhabilitante”, señala.
Prevenir el abandono con previsión notarial
En España se abandonan cada año decenas de miles de animales, y en muchos casos la causa es la falta de previsión cuando sus propietarios ya no pueden atenderlos. Una simple disposición testamentaria o preventiva puede marcar la diferencia entre un animal cuidado en un hogar o uno en situación de desamparo.
Conclusión: el compromiso notarial con el bienestar animal
El Colegio Notarial de Andalucía anima a los ciudadanos a reflexionar, con motivo del Día Mundial de los Animales (4 de octubre), sobre la importancia de prever el futuro de sus mascotas. Incluirlas en el testamento, o prever su cuidado en caso de discapacidad inhabilitante, no solo garantiza el bienestar de los animales, sino que aporta tranquilidad a sus dueños, evita conflictos familiares y refuerza la seguridad jurídica.
Para más información:
José Antonio García Andrés
663410014